En esta sección se aborda de una manera sintética los antecedentes de las culturas Maya y Zoque, así como de los doce pueblos indígenas descendientes de dichas culturas y que en conjunto con la población no indígena conforman la sociedad chiapaneca, tal y como lo establece la Constitución Política del Estado de Chiapas. Artículo 7.- El Estado de Chiapas, tiene una población pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas.
Esta Constitución reconoce y protege a los siguientes: Tseltal, Tsotsil, Chol, Zoque, Tojolabal, Mame, Kakchiquel, Lacandón, Mocho, Jacalteco, Chuj y Kanjobal.
También protege los derechos de los indígenas que por cualquier circunstancia se encuentren asentados dentro del territorio del Estado y que pertenezcan a otros pueblos indígenas....